A- de 2010
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Claret Antonio Perea Figueroa·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia de oficio y a solicitud de parte respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
- Reiteración improcedencia de aclaración, corrección o adición
- Efectos inter comunis otorgados en sentencia SU913/09
- Improcedencia por cuanto no corresponde a la Corte pronunciarse sobre organización, localización y distribución de notarías en el país en sentencia SU913/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El actor comenta que fue nombrado como Notario séptimo del Circulo de Bogotá, y que con base en la sentencia SU-913-09, la Superintendencia de Notariado y Registro al realizar los nombramientos lo trasladó a la Notaria 58 ubicada en la localidad de Tunjuelito, esto le ha causado graves perjuicios, solicita la protección de sus derechos fundamentales y se ordene devolverlo a la Notaria que en principio le había sido asignada.
La Corte no encuentra que exista una razón objetiva de duda que impida el entendimiento de la providencia, por lo tanto se decide denegar la solicitud de aclaración
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE:
- DENEGAR la solicitud de aclaracion de la Sentencia T-2210489 AC, presentada por el senor CLARET ANTONIO PEREA FIGUEROA.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.